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Danza de palos de Herrín de Campos. Fuente: Labrit Ondarea.

Cuando pensamos en patrimonio cultural inmaterial, y sobre todo cuando tratamos de explicar a alguien en qué consiste esta materia, tendemos a acudir en primer lugar a aquellas manifestaciones más espectaculares o icónicas: fiestas, representaciones tradicionales y conmemorativas, música, bertsolarismo, danzas, deporte, técnicas artesanales…

Unamos ahora la variable de intangibilidad asociada al patrimonio cultural inmaterial (aunque pueda y suela apoyarse en elementos materiales) con la variable de género: (más…)

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Espartzua lantzen.

Haciendo pleita.

La regulación de los derechos de autor genera importantes controversias y quebraderos de cabeza en el ámbito del Patrimonio Cultural Inmaterial. De hecho, nuestro sistema jurídico ha desarrollado una legislación en función de la propiedad, vinculando esta, en el terreno de lo inmaterial, a la creación o autoría.

¿Qué ocurre, entonces, en el caso de las expresiones del Patrimonio Cultural Inmaterial, en las que resulta difícil o imposible determinar un autor definido? ¿A quién corresponden los derechos de autor reconocidos por la ley?

En el ámbito académico e internacional en general, las manifestaciones del Patrimonio Cultural Inmaterial suscitan profundos debates en lo jurídico. Porque nuestros sistemas legales focalizan los derechos de autor en conceptos y principios tan sólidos como la propiedad y la autoría.

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El patrimonio cultural inmaterial está de moda. Con esta rotunda afirmación pretendemos reflexionar sobre la evolución que este ámbito patrimonial ha experimentado desde que en el año 2003, UNESCO redactase la Convención para la Salvaguardia del Patrimonio Cultural Inmaterial, ratificada en 2006 por el estado español y materializada posteriormente en herramientas como el Plan Nacional de Salvaguarda del Patrimonio Cultural Inmaterial (2011), la Ley 10/2015, de 26 de mayo, para la salvaguardia del Patrimonio Cultural Inmaterial y las diferentes reformas que han conducido a la inclusión del término y su aplicación en algunas de las normas autonómicas.

Su desarrollo ha suscitado en los últimos años el surgimiento de determinados debates centrados, principalmente, en los diferentes modelos de gestión a la hora de llevar a cabo procesos de patrimonialización, su consideración en relación a otros ámbitos patrimoniales tangibles y el papel que desempeña en ello la comunidad portadora, entendida esta como el conjunto de personas protagonistas de las diferentes prácticas inmateriales clasificadas según los ámbitos establecidos por la Convención de 2003.
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