Apuntes de etnografía

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Familia Añibarro en el caserío Sarasola, 1967. Fuente: Colección privada.

Es natural que el lector encuentre un poco anticuado el tema de esta breve reflexión, ya que las visiones de los dos conceptos que la reflexión combina se han transformado con el progreso de la sociedad. La mayoría de los ciudadanos de nuestro territorio desarrollan su vida en torno a las grandes ciudades, tienen menos apego al patrimonio y el concepto de familia tradicional ha dejado paso a varios modelos familiares.

Pero no debemos olvidar que el origen de la mayoría de los vascos se sitúa en el medio rural, sobre todo en los caseríos de los barrios que se encuentran dispersos alrededor de los pueblos. El caserío es un edificio que alberga tanto el centro de producción como la vivienda, que incluyen actividades agrícolas, ganaderas y de explotación forestal, entre otras. En aquella época, el caserío servía de refugio, de alimento y de identidad a toda una familia de varias generaciones.

A lo largo de nuestra historia el caserío y la familia han ido coexistiendo durante generaciones, tanto que en los casos en los que sus residentes eran los propietarios del caserío, las familias tomaban con frecuencia el nombre del caserío. Con el paso de los siglos esta relación se ha debilitado notablemente debido a la evolución socioeconómica sufrida por nuestro entorno (industrialización, centralización de las comarcas, cambio de hábitos de consumo…), pero siendo tan profunda la pasión de los vascos por los usos y costumbres, no es de extrañar que en el Territorio Histórico de Bizkaia se recuerde esta relación, y más aún que se concrete y regule a través de la legislación desde la época del antiguo fuero.

Caserío Garaitondobekoa, 1976. Fuente: Ayuntamiento de Amorebieta-Etxano.

En este proceso surge el concepto de troncalidad que, como se ha explicado anteriormente, une dos ejes que son el núcleo de nuestra naturaleza: la familia y el patrimonio. Esta entidad jurídica garantiza que el patrimonio inmobiliario intrafamiliar llegue a manos de descendientes de la misma familia, con todas las características recogidas en la vigente ley 5/2015, siempre que los bienes se ubiquen en suelo llano vizcaíno, Laudio o Aramaio.

Tal y como se ha expuesto, el origen de la troncalidad se sitúa en el patrimonio rural, sobre todo en el caserío; pero la aplicación actual se extiende a todo el patrimonio inmobiliario, modificando la naturaleza del mismo. Así pues, este uso creado para proteger la identidad familiar de los caseríos se ha extendido actualmente a un piso, local o aparcamiento, adaptándose a una nueva tendencia de adquisición de patrimonio.

En resumen, nuestra forma de vida ha cambiado enormemente en todos los sentidos, pero cabe destacar que en nosotros siguen vivos muchos valores y usos. Por lo tanto, aunque la mayoría de nuestra población viva en ciudades medianas o grandes y cambie o pierda las costumbres y usos de nuestros antepasados, la ley hace prevalecer ese vínculo familiar y la protección del patrimonio de los vascos a través, entre otras cosas, de la troncalidad regulada en la sucesión.

 

Mikel Etxebarria Gumuzio

Economista y jurista

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